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Temas Legales SAT

Aspectos clave sobre la Carta Porte.

La Carta Porte se ha vuelto un requisito esencial para todas las compañías que transportan productos.

Es fundamental repasar toda la información necesaria para cumplir con los requisitos de la autoridad fiscal.

Un documento que respalda a las mercancías.

Con el objetivo de combatir las prácticas ilegales vinculadas al transporte de mercancías robadas y al contrabando, en particular la autoridad fiscal actualmente requiere, como un requisito obligatorio, la emisión de un «complemento Carta Porte» en todas las facturas.

«Tipo ingreso o transado», dependiendo de si trata de la empresa titular del patrimonio o del servicio de transporte.

   

Periodo de transición

  1. En mayo de 2021 se difundió la información del complemento Carta Porte, ientrando en vigor en junio del mismo año.
  2. En septiembre de 2023 se lanzó la Carta Porte versión 3.0, la cual comenzó a ser obligatoria en noviembre de 2023, coexistiendo temporalmente con la versión 2.0.
  3. Actualmente, el periodo comenzó el 25 de noviembre de 2023 en que la Carta Porte 3.0 entró en vigor, permitiendo la emisión de la versión 2.0 o la versión 3.0 con errores sin recibir sanciones.
  4. No obstante, el 31 de marzo de 2024 finaliza este periodo, dando inicio a la obligatoriedad sancionable de la Carta Porte 3.0 a partir del 1 de abril de 2024.

¿Qué personas son las encargadas de realizar el complemento Carta Porte?

Los contribuyentes obligados a emitir este documento pueden ser tanto personas físicas como morales.

¿Qué requisitos se requieren para generar el CFDI con Carta Porte?

El SAT puso a disposición de los contribuyentes su propia herramienta para la emisión de (CFDI) con complemento Carta Porte, inclusive.

Ofrece un manual de instrucciones para completar el CFDI que incluye el complemento, conforme a las normativas fiscales.

No obstante, en situaciones donde se requiere emitir facturas de manera masiva, existen herramientas tecnológicas, como software de facturación, que pueden ser pre configuradas con la información necesaria para generar los comprobantes.

Consecuencias por no presentar la Carta Porte en formato impreso o digital.

Se impondrán sanciones tanto por no emitir el complemento como por errores en su completado. A continuación, te detallamos algunas de las multas a las que podrías enfrentarte.

  • Multa de $400.00 a $600.00 por cada factura electrónica de ingreso o traslado emitida sin el complemento.
  • Multa de $760.00 a $14,710.00 en caso de que el transportista no cuente con la documentación requerida durante el traslado.
  • Las multas por reiteración oscilan entre $880.00 y $112,650.00, según la circunstancia. Además, se podría imponer una clausura preventiva de 3 a 15 días.

En Aspconsulting ofrecemos los programas de facturación que requieres para crear tus CFDI con los complementos necesarios, como la Carta Porte en su versión actualizada. De esta manera, podrás cumplir con las regulaciones de manera sencilla.

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